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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359878
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 278
NULIDAD DE ACTUACIONES, INCIDENTE DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 278
La resolución que desecha el incidente de nulidad de actuaciones, constituye un acto de carácter negativo, y como estos actos no tienen ejecución, procede declarar, en caso de que se solicite la suspensión, que no hay acto que suspender; y en cuanto al mandamiento de que el procedimiento continúe, por haber sido desechado el incidente de nulidad, cabe decir que no se surte el elemento perjuicio de difícil reparación, para la parte quejosa, por lo cual, también procede negar la suspensión.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 5445/33. The Texas Company of México, S. A. 4 de abril de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca:
Tomo XLVI, página 2310, tesis de rubro "NULIDAD DE ACTUACIONES. SUSPENSION TRATANDOSE DE.".
Tomo LIV, página 28, tesis de rubro NULIDAD DE ACTUACIONES, SUSPENSION TRATANDOSE DE.".
Tomo LVIII, página 2909, tesis de rubro "NULIDAD DE ACTUACIONES, SUSPENSION TRATANDOSE DE.".