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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359935
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 1238
CONFESION, PRUEBA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 1238
Para el efecto de estimar si la contestación del demandado contiene o no la confesión a que se refiere el artículo 320 del Código de Procedimientos Civiles de Veracruz, debe ser apreciada en su totalidad, y comprendiendo, muy principalmente, sus puntos petitorios y no tomando, de manera aislada, alguna expresión de su parte expositiva o narrativa, ya que sólo la estimación de conjunto y en particular de la parte petitoria, en que por razón de estilo se concreta y resume la pretensión del demandado, puede revelar cuál fue en realidad el pensamiento de éste.
Precedentes
Amparo civil directo 3130/34. López Martínez José Manuel, sucesión de. 18 de abril de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.