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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359939
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 1254
POSESION, EFECTOS DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 1254
Si el quejoso en el amparo demuestra, mediante prueba testimonial rendida en el mismo juicio, encontrarse en posesión de un inmueble, y el tercero perjudicado no objeta esa prueba en forma alguna, y en sus alegatos conviene en el hecho de la posesión, es claro que no habiendo sido parte aquél en la contienda judicial en la que se sacó a remate dicho inmueble, al privársele de la posesión, se viola en su perjuicio la garantía del artículo 14 constitucional.
Precedentes
Amparo civil en revisión 11630/32. Flores Marcelino. 18 de abril de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Luis Bazdresch.