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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359944
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 1282
DIVORCIO INJURIAS GRAVES COMO CAUSAL DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 1282
Si las declaraciones testimoniales comprueban la existencia de una injuria grave, o de un mal tratamiento, suficiente para hacer imposible la vida en común, como lo es, indudablemente el hecho de que el marido arroje a la mujer, en diversas ocasiones, a las altas horas de la noche, del cuarto que habitan, la autoridad judicial viola la ley reguladora de la prueba, al estimar que la acción no fue probada, a pesar de que existe legalmente demostrado en autos, la causa de divorcio prevista en la fracción VII, del artículo 76, de la Ley de Relaciones Familiares.
Precedentes
Amparo civil directo 4094/34. Palacio de Massieu Pimienta María Antonia. 19 de abril de 1935. Mayoría de tres votos. Excusa: Sabino M. Olea. Disidente: Luis Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.