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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359950
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 1396
INTERDICTO DE OBRA NUEVA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 1396
Si lo que se reclama en el amparo es la sentencia dictada en el sentido de que no ha procedido el interdicto de obra nueva, aun cuando el acto aparentemente reviste el carácter de negativo, para los efectos de la suspensión debe atenderse a sus efectos, que son positivos, pues por virtud de tal declaración, el demandado en el interdicto puede continuar la obra motivo de aquél.
Precedentes
Queja en amparo civil 330/33. Aguilar Martina. 22 de abril de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.