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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359951
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 1468
DAÑOS Y PERJUICIOS, INDEMNIZACION POR LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 1468
El artículo 85 y sus correlativos los 511 y 516 del Código de Procedimientos Civiles, establecen que cuando hubiere condena de frutos, intereses, daños y perjuicios, se fijará su importe en cantidad líquida, o por lo menos, se establecerán las bases para la liquidación, y que sólo en el caso de no ser posible, se hará la condena, a reserva de fijar su importancia; pero esto no quiere decir que se admita la introducción en el procedimiento de ejecución, de elementos que engendren una nueva controversia para fijar los hechos constitutivos de la responsabilidad por daños y perjuicios; puesto que, cuando la demanda tiene por exclusivo objeto el pago de esas prestaciones, debe el actor demostrar cada uno de los hechos de donde se deriva el daño o el perjuicio, en forma tal, que su valor pueda fácilmente fijarse en el procedimiento de ejecución, sin que en él se necesite de discusión alguna sobre la naturaleza, calidad, intensidad, o consecuencias de los actos concretos de que se hace derivar el daño o el perjuicio, además, cuando se fija una cantidad determinada como importe de la demanda directa de daños y perjuicios, que es el objeto esencial del pleito, es racional que se prueben ambos elementos de la acción los que son, por una parte el hecho originario de la responsabilidad; y por otro, el monto de ésta.
Precedentes
Amparo civil directo 4916/33. Ponce de la Concha Soledad, sucesión de y coagraviado. 23 de abril de 1932. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.