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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359960
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 1603
NULIDAD DE ACTUACIONES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 1603
La sentencia interlocutoria que se dicte en el incidente de nulidad de actuaciones, no es de ejecución irreparable, pues, si al fin produjera privación de defensa en contra del quejoso, llegada la oportunidad, y siempre que se llenen las formalidades del caso, cabe solicitar la protección de la Justicia Federal contra la sentencia definitiva que se pronuncie en el juicio en que tal privación se haya producido.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda 6473/34. Acuña Navarro Antonio, sucesión de. 25 de abril de 1935. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Luis Bazdresch no intervino en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.