Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/359991
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359991
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 2153
SOCIEDADES EXTRANJERAS DEMANDADAS EN MEXICO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 2153
La circunstancia de que una sociedad extranjera constituya un apoderado para contestar una demanda formulada en el territorio de México, y de que haya promovido un juicio ante los Tribunales de la República, en contra de otra persona, no quiere decir que se haya sometido a ellos en un caso particular, pues la sumisión presunta debe ser forzosamente específica.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2346/32. Wit Guillermo C. de. 3 de mayo de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.