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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360008
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 2576
PAGOS JUDICIALES, RECONOCIMIENTO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 2576
Si en una demanda se exige determinada cantidad como saldo de una cuenta y durante el curso del juicio el actor reconoce que el deudor le hizo algunos abonos no comprendidos en la demanda, en la sentencia debe establecerse dicha diferencia, abonándose a la cantidad que el demandado confesó haber recibido.
Precedentes
Amparo civil directo 2933/34. Delgadillo T. Antonio. 10 mayo 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.