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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360009
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 2575
OBREROS, ACTOS MERCANTILES EJECUTADOS POR LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 2575
La fracción VII del artículo 75 del Código de Comercio, establece que la ley reputa actos de comercio, los de las empresas de fábricas o manufacturas; y si se comprueba que un obrero dedica sus actividades a manufacturar determinados objetos, que entrega a su cocontratante a cambio de mercancías que de él recibe, es indudable que se trata de una empresa de manufactura y que el obrero queda sujeto a las leyes mercantiles.
Precedentes
Amparo civil directo 2933/34. Delgadillo T. Antonio. 10 mayo 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.