Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/360054
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360054
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 3354
DEMANDA, DEFECTO LEGAL DE LA FORMA DE PROPONERLA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 3354
La excepción de defecto legal en la forma de proponer la demanda, establecida por la fracción V del artículo 28 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito, no la constituye la falta de presentación de los documentos a que se refiere el artículo 924 del propio ordenamiento, ya que tal excepción se contrae exclusivamente a los requisitos de forma que alude el artículo 923 del propio código, y la falta de presentación de documentos, sólo da derecho para oponer la excepción a que se refiere la fracción citada.
Precedentes
Amparo civil directo 3438/33. Caballero Magdalena. 21 de mayo de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.