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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360078
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 3764
NULIDAD, IMPROCEDENCIA DE LA ACCION DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 3764
Es indebido que el causahabiente se ostente dueño del inmueble, reconociendo la legitimidad de la venta hecha al causante, y de éste a él así como la legal transmisión de la propiedad y la tenencia de la cosa, y estima nula la estipulación por virtud de la cual, para responder del pago del precio, se hubiere constituido el gravamen en que se funda un juicio hipotecario en su contra, apoyándose en la falta de ratificación de la escritura respectiva, si a pesar de la cual, el cumplimiento voluntario de la obligación extinguió la acción de nulidad.
Precedentes
Amparo civil directo 4220/33. Sociedad de Crédito Hipotecario Holandesa Mexicana, S. A. 28 de mayo de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.