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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360153
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 48
AMPARO, REQUISITOS PARA LA PROCEDENCIA DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 48
El juicio de amparo, por su índole, no tiene por objeto resolver especulativamente sobre la legalidad o ilegalidad del acto reclamado, sino proteger al quejoso, frente a un menoscabo que, en su persona o bienes, pueda resultarle del acto inconstitucional. De lo anterior resulta que es indispensable para la procedencia del amparo, como para la de toda acción, la existencia del elemento interés, que no puede suponerse, sino cuando, conjuntamente, existe un perjuicio, de no obtener la realización del derecho vulnerado.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2201/34. González Pedro. 14 de enero de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.