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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360176
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 433
HIPOTECAS, ACCION EN CONTRA DEL ADQUIRENTE DEL INMUEBLE HIPOTECADO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 433
Puede, en la vía ejecutiva, demandarse a un tercero adquirente o detentador del inmueble hipotecado, siempre que se ejercite la acción real de hipoteca, y en la vía civil y en esas condiciones, no es preciso que el actor presente como base de su acción, la escritura por la cual el detentador o adquirente del inmueble, se hubiese obligado a hacer el pago, en lo personal, de la cantidad que ampara el préstamo con garantía hipotecaria.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2509/34. Gutiérrez Balbuena Pedro. 28 de enero de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.