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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360188
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 832
HIPOTECAS, CANCELACION DE LAS, EN LA EPOCA DEL GOBIERNO USURPADOR.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 832
Si el auto por el cual un Juez manda cancelar una hipoteca, está viciado de nulidad, por haberse dictado en la época del gobierno usurpador, y ese acto no fue revalidado, debe concluirse que la hipoteca continúa en vigor.
Precedentes
Amparo civil directo 2307/31. González Teresa. 9 de febrero de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.