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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360197
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 1004
ACCION REIVINDICATORIA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 1004
La acción reivindicatoria requiere, indispensablemente, para su procedencia, que se acredite: que el actor es propietario de una cosa determinada, y que dicha cosa está poseída por un tercero que debe restituirla, siendo, por tanto, indispensable también, que el objeto de la reivindicación esté determinado de una manera concreta, ya que no estándolo, no existe propiamente una base firme para dictar la resolución correspondiente.
Precedentes
Amparo civil directo 1236/19. Cantú Sotero y coag. 13 de febrero de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.