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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360228
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 1325
REGISTRO PUBLICO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 1325
La toma de razón del embargo de un bien raíz o derecho real, inscrito a nombre de un tercero, distinto del deudor, contra quien el embargo se decretó, sí modifica la inscripción de propiedad, mientras tal toma de razón no sea cancelada con arreglo a la ley.
Precedentes
Amparo civil en revisión 664/34. Molina Luis G., liquidación judicial. 19 de febrero de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Engrose: Luis Bazdresch.