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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360232
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 1373
PERSONAL DE LOS TRIBUNALES, NOTIFICACION DEL CAMBIO DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 1373
Las notificaciones de cambio del personal de una Sala de apelación, hechos en casa distinta a la señalada, no funda la concesión del amparo, porque tal infracción de las leyes del procedimiento, no es de las enumeradas en el artículo 108 de la Ley Reglamentaria de los artículos 103 y 104 Constitucionales.
Precedentes
Amparo civil directo 6487/33. Anguiano Ascensión y coag. 20 de febrero de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Francisco H. Ruiz. La publicación no menciona el nombre del ponente. Engrose: Luis Bazdresch.