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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360234
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 1386
SUCESIONES, PRUEBAS DE LA PROPIEDAD DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 1386
Los certificados relativos a la declaración de herederos y a la inscripción catastral, sólo acreditan, el primero, que determinadas personas son las herederas del autor de la sucesión, y el segundo, quién es la persona que paga contribuciones; pero no son suficientes para justificar que determinados predios son de la propiedad del autor de la herencia.
Precedentes
Amparo civil directo 3574/33. Acevedo Fausto. 20 de febrero de 1935. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Francisco H. Ruiz no intervino en la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.