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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360245
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 1536
TERCERO PERJUDICADO, MODO DE NOTIFICARLO EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 1536
La citación al tercero perjudicado, para que comparezca en el amparo, debe hacerse por conducto de la autoridad responsable y mediante la entrega de una copia de la demanda; debiendo tenerse como domicilio, el que las partes hayan señalado para las notificaciones.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2798/32. Fornés María Antonia. 25 de febrero de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Abenamar Eboli Paniagua. La publicación no menciona el nombre del ponente.