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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360271
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 1937
REMATES, COPROPIETARIOS EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 1937
Los edictos en que se convoca a un remate, no tienen otro fin que hacer al público una policitación, por lo cual, no pueden considerarse como una notificación al copropietario, ya que la legislación civil establece que la notificación a éste, se hará judicialmente o por medio de notario, lo cual revela toda la importancia de la institución del retracto, y que la ley tiene el propósito de hacer, de la propia notificación al copropietario, una diligencia formal, para hacerlo sabedor de la venta convenida.
Precedentes
Amparo civil en revisión 4750/33. Uriarte María Guadalupe. 5 de marzo de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.