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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360275
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 1946
DEMANDA DE AMPARO, COPIA DE LA, PARA EL TERCERO PERJUDICADO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 1946
Si éste sostiene que no se le mandó entregar dicha copia, y que no tuvo conocimiento del juicio sino hasta después del fallo, tales alegaciones no pueden hacerse valer mediante el recurso de revisión de la sentencia, y el único medio pertinente para reparar dicha omisión, es la queja.
Precedentes
Amparo civil en revisión 5547/34. Amaro Paula. 5 de marzo de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.