Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/360327
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360327
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 2472
FIANZA, EXTINCION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 2472
Para que la excepción de extinción de la fianza por espera concedida al deudor, sin consentimiento del fiador, sea procedente, debe probarse que la espera se concedió de una manera expresa.
Precedentes
Amparo civil directo 5266/33. Palma Manuela. 13 de marzo de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Abenamar Eboli Paniagua. La publicación no menciona el nombre del ponente.