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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360340
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 2605
COMPETENCIA EN AMPARO, EN EL DISTRITO FEDERAL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 2605
Cuando un amparo de carácter civil, fue promovido en el Distrito Federal, ante dos Jueces de Distrito y uno de ellos ha dejado de tener jurisdicción en materia civil, de conformidad con lo establecido por el artículo 7o., transitorio, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la competencia radica en el Juez que haya conservado esa misma jurisdicción, de conformidad con la precitada disposición legal.
Precedentes
Competencia 409/34. Suscitada entre los Jueces Cuarto y Quinto de Distrito del Distrito Federal. 15 de marzo de 1935. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Luis Bazdresch no intervino en la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.