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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360346
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 2717
DERECHOS ADQUIRIDOS POR VIRTUD DE UN PERMISO DE LA AUTORIDAD.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 2717
No es necesario que el daño causado a una persona tenga carácter material o físico para que pueda existir en su perjuicio la violación del artículo 16 constitucional, pues si esa persona en virtud de un permiso expedido por la autoridad municipal adquirió un derecho, es lógico que no puede ser privado de éste, sin llenarse las formalidades del procedimiento que determina la ley.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3367/34. Eng Narciso. 18 de marzo de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.