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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360366
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 2943
ENDOSO DE DOCUMENTOS PERJUDICADOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 2943
La transmisión de esos documentos por el endoso, no produce los efectos de ese acto, reglamentado por la ley mercantil; pero el endoso transmite la propiedad del documento perjudicado, con los derechos que con tales documentos pueden ejercitarse, por ser el endoso la forma que la ley mercantil fija para la cesión de los títulos de crédito; tesis que se corrobora con el artículo 37 de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito, según el cual, el endoso posterior al vencimiento, surte efectos de una cesión ordinaria.
Precedentes
Amparo civil directo 6204/33. Ortega Luis. 21 de marzo de 1935. Mayoría de tres votos. Disidentes: Sabino M. Olea y Luis Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.