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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360372
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 2966
CEDULA HIPOTECARIA, EFECTOS DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 2966
Si el embargo en un juicio ejecutivo, se inscribió primero que la cédula hipotecaria, es forzoso deducir la preferencia de aquel embargo sobre el secuestro, que sólo tuvo vida jurídica en el momento de fijarse la cédula, por no constituir el aseguramiento un derecho real preestablecido en la escritura de hipoteca.
Precedentes
Recurso de súplica 182/32. Fernández Ildefonso. 21 de marzo de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.