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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360462
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 657
BIENES DE LA SOCIEDAD CONYUGAL, INEXISTENCIA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 657
Si del acta de matrimonio respectiva, aparece que el mismo se contrajo estando en pleno vigor la Ley Sobre Relaciones Familiares, y si del interrogatorio formulado en un juicio a la esposa, consta que determinando bien fue adquirido por su marido, cinco años antes de que hubiere tenido verificativo el matrimonio, es claro que, de acuerdo con la Ley Sobre Relaciones Familiares, ese bien pertenece exclusivamente al marido, por haber sido adquirido por éste, con anterioridad a su matrimonio y ningún derecho asiste a la esposa para reclamar su embargo y su venta, y menos cuando no existe prueba alguna de que el bien de que se trata, constituye el patrimonio familiar de los cónyuges.
Precedentes
Amparo civil en revisión 1344/33. Ramírez de Salcedo Carmen. 17 de septiembre de 1934. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.