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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360466
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 669
MATRIMONIO, COMUNIDAD DE BIENES POR CAUSA DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 669
Si el quejoso, para probar que los bienes de un litigio son comunes, se apoya en su calidad de cónyuge de una de las partes en el juicio, de donde se derivan los actos reclamados, no es esa calidad lo que tiene que probar, sino la naturaleza y condiciones del contrato matrimonial, en la fecha de adquisición del inmueble.
Precedentes
Amparo civil en revisión 1461/33. Carrasco de Athié Manuela. 17 de septiembre de 1934. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Francisco Díaz Lombardo no intervino en la discusión y votación de este negocio, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.