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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360494
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 964
COMPETENCIA POR INHIBITORIA, OBJETO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 964
El objeto inmediato de la inhibitoria de jurisdicción, es, exclusivamente, el de definir la competencia; pero no reparar los agravios que puede causar lo actuado por el Juez incompetente, lo cual constituye su objeto mediato, y esto sólo en el caso de que, por virtud de la resolución que recaiga en la competencia, resultaran nulos los actos efectuados por el Juez declarado incompetente.
Precedentes
Amparo civil en revisión 417/34. Gómez Arturo P. 25 de septiembre de 1934. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Francisco Díaz Lombardo no intervino en la discusión y votación de este negocio, por las razones que se indican en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.