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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360496
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 1006
INVENTARIOS, RESOLUCION CONVOCANDO A LA FACCION DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 1006
Si se reclama en amparo la resolución que manda convocar a la facción de inventarios en una sucesión, el amparo es improcedente, puesto que el acto reclamado no es susceptible de producir agravio, ya que la facción de inventarios y el avalúo están sometidos a la sentencia de aprobación, que debe poner fin a la sección segunda del juicio.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2513/33. López Revuelta Juan, sucesión de. 17 de septiembre de 1934. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Francisco Díaz Lombardo no intervino en la discusión y votación de este negocio, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.