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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360552
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 1682
CONTRATOS, LEY QUE LOS RIGE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 1682
Si se alega que el artículo 461 del Código de Comercio, es de los derogados por el 3o., transitorio, de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, debe tenerse en cuenta que los efectos de esa derogación, no alcanzan a los actos o contratos anteriores a su vigencia, ni menos cuando, especialmente, así lo establece el artículo 2o., transitorio de la citada ley.
Precedentes
Recurso de súplica 272/33. Aguilar Atenógenes. 15 de octubre de 1934. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Ricardo Couto no votó en este negocio por la razón que se indica en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.