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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360556
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 1700
PRUEBAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 1700
Si el juzgador omitió estimar las pruebas allegadas por una de las partes, tal hecho importa una violación de los artículo 14 y 16 constitucionales, y procede, por ello, conceder la protección federal, a efecto de que, al dictarse nueva sentencia, se tomen en consideración las pruebas que no fueron estimadas.
Precedentes
Amparo civil en revisión 4389/33. Pasquel Adrián Valentín. 16 de octubre de 1934. Unanimidad de cuatro votos. Excusa: Manuel Padilla. La publicación no menciona el nombre del ponente.