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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360557
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 1736
ACLARACION DE DEMANDA DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 1736
La aclaración de una demanda de amparo sólo puede presentarse dentro de los quince días que fija la ley para la interposición de aquél, y pasado ese plazo, no existe razón legal alguna para admitirla.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda 4172/34. Serment León y coagraviado. 16 de octubre de 1934. Mayoría de tres votos. Disidentes: Ricardo Couto y Joaquín Ortega. La publicación no menciona el nombre del ponente.