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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360559
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 1779
HERENCIAS, PARTICION DE LAS. CASOS EN QUE ESTA SUJETA A LAS REDUCCIONES DE LA LEY DE PAGOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 1779
Si la partición tiene como único objeto los bienes inventariados y valuados antes de la circulación fiduciaria, como la adjudicación se equipara a una venta cuyo precio es el avalúo, debe considerarse hecha en moneda metálica y, por lo mismo, no le son aplicables las reducciones de la Ley de Pagos; pero si estando en vigor la circulación fiduciaria, el inventario se modificó, aumentándolo, y uno de los herederos se obligó a pagar otro, la diferencia que había en su favor, porque recibió cantidad menor de la que correspondía, a esa parte insoluta sí le son aplicables las reducciones de la Ley de Pagos.
Precedentes
Amparo civil directo 12310/32. Flores de López Soledad. 18 de octubre de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.