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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360588
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 2027
GRAVAMENES EN PREDIOS AFECTADOS POR DOTACIONES EJIDALES, SUSPENSION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 2027
La suspensión de gravámenes y contratos, prevenida por el artículo 175 del Código Agrario, significa que dejan de surtir sus efectos tales gravámenes o contratos, en cuanto se relacionan con la parte correspondiente del predio afectado por una posesión provisional agraria, pero no debe extenderse a la parte de ese mismo predio, no comprendida dicha posesión, pues respecto de esta última, siguen expeditas las acciones de los interesados.
Precedentes
Amparo civil en revisión 8490/36. Pasquel Alfonso. 11 de junio de 1937. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.