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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360633
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 2425
CONFUSION DE DERECHOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 2425
De los términos del artículo 2606 del Código de Procedimientos Civiles vigentes en el Distrito, se desprende que esta disposición se refiere exclusivamente al caso de obligación y a las circunstancias de que en la misma persona se reúnan las calidades de acreedor y deudor.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2102/33. Jiménez Vicente. 3 de noviembre de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.