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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360665
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 2758
APELACION MAL ADMITIDA, INCIDENTE DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 2758
Los artículos 672 a 675 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, expedido en 1884, se refiere al incidente de apelación mal admitida, cualquiera que sea el origen de esa mala admisión, puesto que los propios preceptos no distinguen el caso de que se hubiera renunciado al recurso de alzada.
Precedentes
Amparo civil en revisión 12659/32. Banco Hipotecario de Crédito Territorial Mexicano, S.A., y coagraviado. 10 de noviembre de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.