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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360689
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 3069
SOCIEDADES MERCANTILES, MODO DE ACREDITAR LA PERSONALIDAD DE SUS MANDATARIOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 3069
Una sociedad tiene vida jurídica para los terceros, por efecto del registro; por lo que si el notario que otorga un poder, da fe de haber tenido a la vista la escritura constitutiva, en la que se contienen las estipulaciones referentes a su organización y legal funcionamiento, y de que la misma está escrita en el Registro de Comercio, el Juez no puede desechar el poder de quien se presenta en nombre de la empresa, a contestar en juicio, ni negar personalidad al mandatario, sólo porque no se insertaron en el poder, las estipulaciones relativas al fondo de reserva, participación de los fundadores y bases para practicar la liquidación.
Precedentes
Amparo civil en revisión 5553/32. The Naica Mines of Mexico, S.A. 21 de noviembre de 1934. Mayoría de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.