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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360693
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 3161
PRESCRIPCION EN MATERIA MERCANTIL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 3161
En materia mercantil, es inaplicable el artículo 1065 del Código Civil del Distrito Federal, que determina que la renuncia de la prescripción, produce el efecto de duplicar los plazos fijados por la ley, porque en el Código de Comercio existen los artículos 1038 y 1039, que ordenan que las acciones que se derivan de actos de comercio, prescriben con arreglo a las disposiciones de ese Código y que los términos fijados para el ejercicio de acciones procedentes de actos de la misma naturaleza, serán fatales.
Precedentes
Recurso de súplica 226/32. Del Río García Virginia. 22 de noviembre de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.