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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360704
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 3374
MULTA EN AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 3374
Si el amparo se declara improcedente, debe imponerse una multa al quejoso, de acuerdo con el artículo 85 de la ley reglamentaria del amparo.
Precedentes
Amparo civil en revisión 5468/33. Fierro Ibarra Jesús y coagraviado. 29 de noviembre de 1934. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Joaquín Ortega no intervino en la discusión y votación del negocio, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.