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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360707
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 3385
CUANTIA DEL NEGOCIO, CUANDO SE FIJA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 3385
Si en la demanda se exige determinada cantidad y el demandado opone la excepción de plus petitio, queda fijada la litis, y si el actor, en el escrito en el cual pide se abra el juicio a prueba, se manifiesta conforme en que sólo se siga por la cantidad fijada por el demandado, esa manifestación no puede modificar la demanda y únicamente significa la conformidad con la excepción de plus petitio; tanto más, si esta última excepción se opuso con el carácter de subsidiaria y, en primer término, se alegó la falta de acción; y entonces, la cuantía del juicio debe ser estimada por el importe de la reclamación contenida en la demanda.
Precedentes
Amparo civil en revisión 3346/34. Ruiz Agustín y coagraviado. 29 de noviembre de 1934. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Joaquín Ortega no intervino en la discusión y votación de este negocio, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.