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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360757
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 109
SEPARACION INJUSTIFICADA DEL TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 109
La Sala Civil de la Suprema Corte estima, que si un empleado reclama a la empresa a quien prestó sus servicios, la indemnización de tres meses de sueldo, por haber sido despedido sin motivo justificado, y no lo comprueba, debe declararse improcedente la expresada reclamación.
Precedentes
Amparo civil directo 195/31. Armenta Manuel. 7 de mayo de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.