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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360758
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 124
ACCION PAULIANA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 124
Si tratándose de la rescisión por causa de simulación de una escritura pública, no pudiera contraprobarse lo asentado en dicha escritura por otros medios distintos de una escritura, sería imposible llegar a demostrar esa clase de acción; pero desde el momento en que la ley confiere la acción pauliana, es inconcuso que admite, para el efecto de demostrarla, cualquiera de los medios probatorios que el derecho establece, lo cual se corrobora con la circunstancia de que la misma ley ninguno prohibe; y si se declara que el contrato fue simulado, igualmente se comprueba la existencia de la mala fe de los otorgantes; tanto más respecto del vendedor, si este último se había comprometido con el acreedor que entabló la acción, a no enajenar alguno o todos los bienes a que se refiere el contrato cuya rescisión se pide. Respecto a la insolvencia de los deudores, si estos aceptaron unas letras de cambio para verificar el pago, no es necesario comprobar que no se encontraron bienes de los aceptantes para hacer efectivo el importe de las letras; puesto que correspondiendo al tenedor, actor en el juicio, la acción solidaria respecto a todos los signatarios, basta que se hubiese protestado una sola de la letras, por falta de pago, para que procediera la acción rescisoria contra del girador.
Precedentes
Amparo civil directo 13305/32. Fariñas Constantino. 7 de mayo de 1934. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Ricardo Couto no votó por la razón que se expresa en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.