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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
360766
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 198

QUIEBRA, CONDICION PARA QUE LA SUSPENSION DE PAGOS, SEA CAUSA DE DECLARACION DE AQUELLA.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 198

Precedentes

Amparo civil en revisión 3524/33. Nava Modesto. 9 de mayo de 1934. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Ricardo Couto no intervino en la discusión y votación del negocio, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente. Nota: En el índice alfabético de este tomo, la misma tesis aparece con el rubro: "CONDICION PARA QUE LA QUIEBRA SEA CAUSA DE SUSPENSION DE PAGOS, DECLARACION DE AQUELLA.".
Registro digital (IUS): 360766