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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360769
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 237
DEMANDA EXTEMPORANEA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 237
Si la demanda de amparo se presenta después de quince días de la notificación del acto reclamado, debe desecharse por extemporánea.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3561/29. "Compañía Minera de Plomo", S. A. 10 de mayo de 1934. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Luis M. Calderón.