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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360771
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 267
ALBACEA, REMOCION DEL, CUANDO PROCEDE LA SUSPENSION CONTRA ELLA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 267
La Suprema Corte ha resuelto en diversas ejecutorias, que es improcedente conceder la suspensión respecto de resoluciones, por virtud de las cuales se remueve a los albaceas, porque la sociedad está interesada en que las sucesiones no carezcan de representación legal; pero esa tesis se refiere a aquellos casos en que se cambia al albacea entre los mismos herederos de una sucesión; pero no tratándose de un tercero que se dice cesionario de una parte de los bienes de la sucesión, y el albacea de ésta reclama la ilegalidad del nombramiento de aquél, a cuyo cargo quedaría el acervo hereditario; caso en el cual debe concederse la suspensión mediante fianza.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 738/34. Encinas Francisco A., sucesión de. 10 de mayo de 1934. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Enrique Osorno Aguilar. La publicación no menciona el nombre del ponente.