Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/360808
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360808
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 499
SECUESTRO DE BIENES LEGALMENTE EXENTOS DE EMBARGO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 499
Si en ejecución de una sentencia, se lleva a cabo el embargo de bienes inembargables conforme a la ley, es claro que se trata de un acto de ejecución irreparable, por lo que el amparo contra el mismo, cabe dentro de lo dispuesto en la fracción IX del artículo 107 constitucional, y debe admitirse y tramitarse con arreglo a la ley de la materia, sin prejuzgar sobre cualquiera causa de improcedencia que tuviere.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda 1568/34. Sáinz Herrera Miguel. 19 de mayo de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.