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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360813
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 512
DEPOSITARIO, PERCEPCION DE RENTAS POR EL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 512
La percepción de rentas por el depositario designado en un juicio, no puede estimarse acto consumado, toda vez que esa percepción habrá de hacerse periódicamente, es decir, conforme vayan siendo exigibles a los inquilinos las rentas correspondientes, por lo cual, si se ha solicitado amparo con suspensión, por un acto de esta naturaleza, es procedente conceder esa suspensión previa fianza.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 11801/32. Villanueva Rivero Alonso. 19 de mayo de 1934. Mayoría de tres votos. Ausente: Enrique Osorno Aguilar. Disidente: Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.