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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 360816
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 555
PODERES, REGISTRO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 555
La personalidad de un apoderado se encuentra debidamente acreditada en un juicio ordinario mercantil, aun cuando el poder respectivo no esté inscrito en el Registro Público de Comercio, si el mandato no se refiere a actos de administración, sino que su representación se contrae únicamente al meramente jurídico, para gestionar ante las autoridades judiciales.
Precedentes
Amparo en Revisión 5873/33. Diez de Urdanivia Carlos y coagraviado. 21 de mayo de 1934. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Francisco Díaz Lombardo no intervino en la discusión y votación de este negocio, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.